PRUEBA GENERAL DE
BACHILLERATO
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
ha remitido a la Comisión General de Educación el proyecto de Real Decreto de
desarrollo de la Ley de Calidad referido a la Prueba General de Bachillerato
Al finalizar los dos cursos del Bachillerato, y una
vez aprobadas todas las asignaturas, los alumnos realizarán la Prueba General
de Bachillerato. La superación de esta prueba será requisito para obtener el
Título de Bachiller, que da acceso a los estudios universitarios y a la FP de
Grado Superior.
La PGB será de carácter externo a los centros
educativos y servirá para homologar los conocimientos adquiridos por todos los
alumnos en esta etapa educativa. Así, esta prueba será un elemento de estímulo
y motivación tanto para alumnos como para profesores.
En cada curso académico habrá dos convocatorias de
la PGB, una ordinaria y otra extraordinaria, en las fechas que establezcan las
Comunidades Autónomas.
Serán las propias Administraciones autonómicas quienes constituyan en
su territorio de gestión una Comisión responsable de la organización y
desarrollo de la Prueba General de Bachillerato. Esta comisión será la
encargada de constituir a su vez los tribunales de evaluación, que estarán
compuestos por profesores universitarios, inspectores de educación de las
CC.AA. y funcionarios de los cuerpos docentes de la Enseñanza Secundaria
especialistas en las asignaturas correspondientes.
Composición de la
prueba.
La PGB tendrá una parte común
para todos los alumnos y una parte específica dependiendo de la modalidad de
Bachillerato que se haya estudiado (Artes, Ciencia y Tecnología o
Humanidades y Ciencias Sociales).
·
La segunda
parte de la prueba, que
constará también de tres ejercicios, tendrá como objetivo comprobar los
conocimientos adquiridos en las asignaturas específicas de cada modalidad.
Calificación de la PGB.
Cada una
de las dos partes de la prueba recibirá una calificación independiente, que
será la media de las puntuaciones de los ejercicios que la integran (cada
ejercicio será valorado de cero a diez puntos, como en la actualidad). La
calificación global de la prueba será el promedio de las calificaciones de las
dos partes.
Como
novedad al sistema actual, cuando la calificación de una de las partes de la
prueba sea de cinco puntos o más, esta calificación tendrá validez para una segunda
convocatoria consecutiva en el caso de que el alumno haya suspendido el
conjunto de la PGB.
Nota del Título de Bachiller
La nota
final del Título de Bachiller, con la que los alumnos optarán al ingreso en la
Universidad, estará compuesta en un 60% por las notas obtenidas en los dos
cursos del Bachillerato y en un 40% por la nota obtenida en la PGB, tal como
solicitó el Consejo Escolar del Estado. Para hacer esta media, será requisito
imprescindible haber aprobado la prueba con un mínimo de un cinco.
Número de veces que podrá realizarse la PGB
Cada alumno dispondrá de cuatro
convocatorias para superar la prueba. En caso de que el alumno no se presente a
las pruebas no se considerará consumida la respectiva convocatoria. Una vez
agotadas, podrá presentarse por el procedimiento establecido para las personas
mayores de 21 años.
Adaptación para alumnos discapacitados
Para aquellos alumnos que en el
momento de su inscripción justifiquen alguna discapacidad que les impida
realizar la PGB con los medios ordinarios, se tomarán las medidas oportunas
para que puedan realizarla en las condiciones más favorables.