PRUEBA GENERAL DE BACHILLERATO

 

 

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha remitido a la Comisión General de Educación el proyecto de Real Decreto de desarrollo de la Ley de Calidad referido a la Prueba General de Bachillerato

 

Al finalizar los dos cursos del Bachillerato, y una vez aprobadas todas las asignaturas, los alumnos realizarán la Prueba General de Bachillerato. La superación de esta prueba será requisito para obtener el Título de Bachiller, que da acceso a los estudios universitarios y a la FP de Grado Superior.

 

La PGB será de carácter externo a los centros educativos y servirá para homologar los conocimientos adquiridos por todos los alumnos en esta etapa educativa. Así, esta prueba será un elemento de estímulo y motivación tanto para alumnos como para profesores.

 

En cada curso académico habrá dos convocatorias de la PGB, una ordinaria y otra extraordinaria, en las fechas que establezcan las Comunidades Autónomas.

 

Serán las propias Administraciones autonómicas quienes constituyan en su territorio de gestión una Comisión responsable de la organización y desarrollo de la Prueba General de Bachillerato. Esta comisión será la encargada de constituir a su vez los tribunales de evaluación, que estarán compuestos por profesores universitarios, inspectores de educación de las CC.AA. y funcionarios de los cuerpos docentes de la Enseñanza Secundaria especialistas en las asignaturas correspondientes.

 

 

Composición de la prueba.

La PGB tendrá una parte común para todos los alumnos y una parte específica dependiendo de la modalidad de Bachillerato que se haya estudiado (Artes, Ciencia y Tecnología o Humanidades y Ciencias Sociales).

 

 

 

 

 

·         La segunda parte de la prueba, que constará también de tres ejercicios, tendrá como objetivo comprobar los conocimientos adquiridos en las asignaturas específicas de cada modalidad.

 

Calificación de la PGB.

Cada una de las dos partes de la prueba recibirá una calificación independiente, que será la media de las puntuaciones de los ejercicios que la integran (cada ejercicio será valorado de cero a diez puntos, como en la actualidad). La calificación global de la prueba será el promedio de las calificaciones de las dos partes.

 

Como novedad al sistema actual, cuando la calificación de una de las partes de la prueba sea de cinco puntos o más, esta calificación tendrá validez para una segunda convocatoria consecutiva en el caso de que el alumno haya suspendido el conjunto de la PGB.

 

Nota del Título de Bachiller

La nota final del Título de Bachiller, con la que los alumnos optarán al ingreso en la Universidad, estará compuesta en un 60% por las notas obtenidas en los dos cursos del Bachillerato y en un 40% por la nota obtenida en la PGB, tal como solicitó el Consejo Escolar del Estado. Para hacer esta media, será requisito imprescindible haber aprobado la prueba con un mínimo de un cinco.

 

Número de veces que podrá realizarse la PGB

Cada alumno dispondrá de cuatro convocatorias para superar la prueba. En caso de que el alumno no se presente a las pruebas no se considerará consumida la respectiva convocatoria. Una vez agotadas, podrá presentarse por el procedimiento establecido para las personas mayores de 21 años.

 

Adaptación para alumnos discapacitados

Para aquellos alumnos que en el momento de su inscripción justifiquen alguna discapacidad que les impida realizar la PGB con los medios ordinarios, se tomarán las medidas oportunas para que puedan realizarla en las condiciones más favorables.